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Finalmente, el singular debate sobre el orden de los apellidos a la hora de inscribir a los recién nacidos en el Registro Civil se cerró en la comisión de Justicia del Congreso. Los grupos parlamentarios aprobaron que si los padres no se ponen de acuerdo a la hora de elegir este orden, va a ser el encargado del Registro Civil quien lo decida en función del "interés del menor".
La propuesta inicial del PSOE establecía que si los padres no acordaban la secuencia, los apellidos se situarían por orden alfabético. Otras fuerzas como el PNV abogaban porque fuese el menos frecuente el primero y otras que fuese el azar.
El Partido Popular se decantaba por la prevalencia del apellido del padre. Después de varios meses de discusiones, la propuesta del diputado de CiU, Jordi Jané, sale adelante como uno de los puntos más destacados de la reforma de la ley del Registro Civil.
El texto aprobado por todos los grupos insiste en que son los padres los que deben decidir el apellido de los hijos. Pero si eluden la obligación por falta de acuerdo, se otorga un plazo de tres días para hacerlo. La enmienda aprobada recoge que es el encargado del Registro el que, en función del interés superior de los hijos, decida sobre ese orden.
La enmienda enlaza con reformas anteriores y con la ley original de 1857, que facultaba al responsable del Registro Civil para decidir sobre la filiación de un niño de si los padres no la acreditaban. La reforma de 1999 daba la potestad al encargado del Registro de imponer "un nombre y unos apellidos de uso corriente al nacido cuya filiación no pueda determinarlos". Este artículo se mantiene en el texto de la reforma que se debate.
Según el diputado catalán, el interés superior del menor es evitar las combinaciones de apellidos que puedan perjudicarles en el futuro. Por su parte, Emilio Olabarría, del PNV expresó la necesidad de especificar el procedimiento que debe seguir el encargado del Registro para llevar a cabo esta tarea.
La comisión del Congreso acordó también que los bebés que hayan vivido menos de 24 horas puedan figurar en el Registro y la creación de un archivo especial sin efectos jurídicos para los fallecimientos prenatales que se produzcan después de los seis meses de gestación.
Si los padres no se ponen de acuerdo, serán los funcionarios quienes decidan sobre el orden de los apellidos de los recién nacidos. (Foto: C. Rutz)
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1 Comentario
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1 | RECONOCIMIENTO FILIACION |
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| Fernando S H | 05/05/2011 | 19:34 |
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| Yo estoy en Juicio para que mi bebe tenga mi apellido por que la madre lo inscribio como MADRE SOLTERA y a mi me dijo que me olvidara de ella y del bebe y como no estamos casados la ley dice que ella puede inscribirle con los apellidos que le de la gana.
En fin yo creo que la jueza le pondra mi apellido delante no? |
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 CAÍDA Y FUGAS
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 LOS PLAZOS DEL PROCESO
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 DEJAR ATRÁS LA VIOLENCIA
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